Tu Carta Digital

Diseña tu carta con alérgenos alimentarios

Todo hostelero de hoy en día debe tener una carta adaptada a su clientela. Debemos adaptar nuestro concepto y nuestra gastronomía a las necesidades y exigencia de nuestra clientela.

Existe un porcentaje muy elevado de personas que sufren intolerancias y/o alergias, y es imprescindible que indiquemos y diseñemos nuestra carta con alérgenos alimentarios en cada uno de los platos que les ofrecemos, con el símbolo correspondiente. 

Tu carta siempre preparada

Informar sobre los alimentos alérgenos de tus platos no es una tendencia, es una realidad. En nuestra carta darta Digital incluimos el control de alérgenos. Desde la herramienta de administración podrás indicar los alérgenos en cada plato con un solo clic.

Diseñando la carta con alérgenos

Para incorporar tus ingredientes alérgenos en tu carta digital ten en cuenta los siguientes puntos

  • Comprobar la lista de alérgenos. La nueva ley de alérgenos se explica enseis claves, entre ellas, una de las más importantes es la lista de 14 alimentos que debes mencionar en tu carta.
  • Revisar la carta. El primer paso, por tanto, es revisar con detenimiento todas las recetas de los platos que ofreces para detectar en cuáles hay ingredientes que contengan sustancias alérgicas.
  • Informar. Una vez definidos qué platos son de riesgo para los alérgicos o intolerantes y cuál es el ingrediente alérgeno, llega el momento de decidir cómo hacerlo visible. Es fundamental que lo hagas respetando el estilo que caracteriza a tu establecimiento. No se trata, por tanto, de que elabores una carta totalmente nueva (salvo que quieras aprovechar el momento para un rediseño), sino que amoldes lo que tienes a lo que pide la ley.
  • Iconos. Nuestra aplicación tiene integrado todos los iconos estándar para elaborar una carta con alérgenos sin perder estilo y de manera muy sencilla. Tan sólo entrando en el gestor y añadiendo los ingredientes alérgenos en el plato seleccionado.
Lista de alérgenos alimentarios

Lista de alérgenos alimentarios

Actualmente, la Ley de Información Alimentaria de Alérgenos dicta que cualquier establecimiento en el que se sirvan alimentos debe informar en su carta con alérgenos (de forma obligatoria a sus clientes y a las autoridades pertinentes) de la presencia de estos 14 alérgenos. 

  • Cereales que contengan gluten. Trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados. En este punto quedan excluidos los jarabes de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa; las maltodextrinas a base de trigo; los jarabes de glucosa a base de cebada; y los cereales que se utilizan para hacer destilados alcohólicos, incluido el alcohol etílico de origen agrícola.
  • Crustáceos y productos a base de crustáceos. Langostinos, centollos, gambas, carabineros,…incluso los alimentos que los contengan como trazas.
  • Huevos y productos a base de huevo. Los productos que pueden contener huevo, incluso en trazas, como algunas masas o bebidas.
  • Pescado y productos a base de pescado. Salvo gelatina de pescado utilizada como soporte de vitaminas o preparados de carotenoides y gelatina de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.
  • Cacahuetes y productos a base de cacahuetes. Todos los productos que puedan contener cacahuetes o sus trazas.
  • Soja y productos a base de soja. Este es un caso con algunas excepciones. No habrá que informar si contienen aceite y grasa de semilla de soja totalmente refinados; tocoferoles naturales mezclados (E306), d-alfa tocoferol natural, acetato de d-alfa tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados de la soja; fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites vegetales de soja; o ésteres de fitostanol derivados de fitosteroles de aceite de semilla de soja.
  • Leche y sus derivados (incluida la lactosa). Este punto incluye la lactosa, pero no el lactosuero utilizado para hacer destilados alcohólicos, ni el lactitol. La leche sin lactosa puede ser también considerada dentro del listado.
  • Frutos de cáscara y productos derivados. Almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, alfóncigos, nueces macadamia o nueces de Australia y productos derivados
  • Apio y productos derivados. Todos los productos que puedan contener apio o trazas de apio.
  • Mostaza y productos derivados. Todos los productos que puedan contener mostaza, sus derivados o trazas de mostaza.
  • Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo. Todos los productos que puedan contener sésamo o trazas de sésamo.
  • Dióxido de azufre y sulfitos. En concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro en términos de SO2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos conforme a las instrucciones del fabricante.
  • Altramuces y productos a base de altramuces. Todos los productos que puedan contener altramuces o trazas de altramuces.
  • Moluscos y productos a base de moluscos. Berberechos, almejas, navajas…Productos que puedan contener moluscos o trazas de moluscos.

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